29
MAR
2023

Nueva Ley de Familia

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¿Qué es la Ley de Familia?

La Ley de Familia es una nueva normativa impulsada por el Gobierno para mejorar la conciliación laboral del personal trabajador en España.

Muchas familias se enfrentan a serias dificultades para atender a sus responsabilidades laborales y a la vez al cuidado de los hijos.

Para frenar este problema, los Ministerios de Derechos Sociales y de Igualdad han pasado varios meses trabajando en esta nueva medida.

Esta nueva Ley de Familia incluye un permiso por cuidado retribuido al 100% durante 5 días para atender a un familiar o a un conviviente. Estas son las claves de la Ley de Familia

La Ley de Familia incluye 3 nuevos permisos para favorecer la conciliación familiar:

Permiso no retribuido de 8 semanas para los padres trabajadores

Este permiso nace con el fin de posibilitar el cuidado de los hijos menores (hasta que éstos cumplan 8 años de edad).

La idea es que se pueda disfrutar seguido o repartiendo las semanas de forma discontinuada, a lo largo de los 8 años. Este nuevo permiso amplía el de 16 semanas que sí están retribuidas.

El permiso de 8 semanas podría aumentar de manera progresiva siendo de 6 semanas en 2023 y alcanzando las 8 semanas en 2024.

Permiso retribuido de 5 días al año para que cada trabajador pueda cuidar de familiares de segundo grado o convivientes

Este permiso podrá disfrutarse independientemente de si el trabajador y sus convivientes tienen o no relación de parentesco.

Esta medida surge para permitir a los trabajadores quedarse al cuidado de los hijos en casa, acompañar a su pareja al médico o para cuidar de una persona mayor. Esto es en caso de hospitalización, accidentes, enfermedades graves o intervención quirúrgica.

De esta manera, se amplía el permiso ya existente de 2 días.

Permiso retribuido de hasta 4 días para urgencias cuando haya motivos familiares que sean imprevisibles

El trabajador podrá usar este permiso por horas o por días, hasta sumar un total de 4 días al año.

Las empresas no podrán despedir a los trabajadores que disfruten de los permisos de la Ley de Familia

La Ley de Familia incluye una nueva obligación para las empresas: los empleados que disfruten de permisos para cuidar a sus familiares no podrán ser despedidos por sus compañías.

En el caso de despido, éste se consideraría nulo. Esto será siempre y cuando no haya causas para la procedencia.

De esta manera, la Ley de Familia protege a los trabajadores mientras disfruten de los permisos de esta futura normativa.

¿Qué otras modificaciones incluye la Ley de Familia?

Además de los nuevos permisos la Ley de Familia incluye:

Ampliación del subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a familias de acogida y adoptantes

De esta manera, se eleva la pensión de orfandad hasta los 26 años y el permiso por cuidado de menor con una enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.

Equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho

La Ley de Familia equipara los derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, posibilitando el acceso a 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

‘Renta crianza’ de 100 euros

La Ley de Familia amplia la ‘renta crianza’ de 100 euros al mes para hijos de entre 0 y 3 años. Podrán acceder a esta ayuda las personas que tengan hijos menores de 3 años que estén o hayan estado en la Seguridad Social o en la mutualidad durante 30 días.

También en el caso en el que hayan recibido una prestación, ya sea contributiva o asistencial, del sistema de protección del desempleo.

La cuantía será de 100 euros por descendiente menor de 3 años hasta que alcance esa edad. Hasta el momento la prestación de 100 euros estaba vigente sólo para madres trabajadoras.

La Ley de Familia amplía la retribución de 100 euros mensuales para madres con trabajo, padres o tutores en caso de fallecimiento de la madre. También para madres en paro o que lleven cotizados al menos 30 días.

No podrán cobrar la prestación de 100 euros quienes estén en situación de inactividad o no estén cotizando. Tampoco si perciben el Ingreso Mínimo Vital con complemento de infancia.

¿Quiénes podrán solicitar el permiso de 5 días que incluye la futura Ley de Familias?

El fin que persigue el Gobierno es que se respete la diversidad. No será necesario que exista un matrimonio o lazos de sangre para poder solicitar la baja de 5 días.

Podrán disfrutar del permiso de 5 días para cuidar a cualquier conviviente todos los trabajadores.

En este caso, se incluyen parejas que no estén casadas u amigos con los que se comparta el mismo hogar.

De momento, aún no se ha aclarado si será necesario aportar un certificado médico que acredite la situación de necesidad de cuidados, aunque es muy posible que las empresas sí que requieran su expedición.

La Ley de Familia elimina el término ‘familia numerosa’

La Ley de Familia incluye otra modificación. Se elimina el término ‘familia numerosa’, que pasará a conocerse como ‘Ley de Protección a las Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’.

En esta categoría, se incluirán las familias reconocidas hasta el momento como «familias numerosas» y, además:

  • Familias ‘monoparentales’ con 2 hijos.
  • Familias con 2 hijos en las que un ascendiente o descendiente tenga discapacidad.
  • Familias con 2 hijos encabezadas por una víctima de violencia de género.
  • Familias en las que un cónyuge haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
  • Familias con 2 hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un 1 año o haya ingresado en prisión.

Dentro de este grupo de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza se van a mantener las categorías ‘general’ y ‘especial’.

Se entenderá como categoría ‘especial’ cuando una familia tenga 4 o más hijos (hasta el momento eran 5) o 3 (si al menos 2 proceden de partos, adopciones o acogimientos múltiples).

También se incluirán dentro de la categoría ‘especial’ a las familias con 3 hijos si los ingresos anuales divididos por el número de miembros que la forman no superen el cómputo anual (hasta el 150% del IPREM).

Como hemos comentado anteriormente, la Ley de Familia crea el título de ‘familia monomarental’. Se entenderá por familia ‘monomarental’ cuando exista una única persona progenitora.

Hasta el momento se consideraba familia numerosa a las familias de una sola madre o padre con 3 hijos.

A partir de ahora, se considerará familia numerosa a las familias de una sola madre o un solo padre con 2 hijos.

¿Qué tipos de familias reconocerá la Ley de Familia?

La Ley de Familia va a reconocer los siguientes tipos de familias:

  • Familia biparental.
  • Familia ‘monomarental’ o ‘monoparental’.
  • Familia joven. Se entenderá como familia joven a la que esté formada por una persona menor de 29 años y sus hijos/as o por 2 personas menores de 29 años que tengan un vínculo matrimonial o como pareja de hecho y sus descendientes.
  • Familia LGTBI homomarental y homoparental.
  • Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza
  • Familia múltiple. Hace referencia a familias en las que existen nacimientos, adopciones o acogimientos múltiples.
  • Familia reconstituida. En este caso, alguno de los miembros de la pareja tendrá hijos/as de anteriores relaciones.
  • Familia inmigrante.
  • Familia transnacional.
  • Familia intercultural.
  • Familia en el exterior.
  • Familia retornada.
  • Familia en situación de vulnerabilidad.
  • Personas solas.
  • Personas unidas en matrimonio.
  • Pareja de hecho.

La Ley de Familia equipara los derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho.

¿Cuándo entra en vigor la Ley de Familia?

La ley de Familia entrará en vigor en las próximas semanas una vez se publique su contenido en el BOE.

¿Qué medidas no se han incluido en la Ley de Familia?

Finalmente, la Ley de Familia no incluye la ampliación a 6 meses de los permisos de nacimiento y adopción. Actualmente, este permiso es de 4 meses (16 semanas).

Tampoco se ha incluido la posibilidad de que las familias monoparentales pudiesen disfrutar de 8 meses de permiso de maternidad o paternidad en vez de los 4 que corresponden a cada progenitor.

Sobre el Autor
Coordinador Laboral e Informática en Justo Gallardo Asesores S.L.