Cotización por desempleo de las empleadas del hogar
Trabajo bonificará el 80% de la nueva cotización por desempleo de las empleadas de hogar
El Consejo de Ministros aprobó ayer un nuevo marco normativo laboral para las empleadas de hogar que incluye entre las principales novedades la obligatoriedad de cotizar por desempleo y Fogasa desde el próximo 1 de octubre, tanto para el empleador como para la trabajadora (que en un 95% son mujeres). Así lo ha anunciado la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien, sin embargo, ha avanzado también que el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) va a bonificar el 80% de estas nuevas cotizaciones para mitigar su impacto en la economía de las familias que son las empleadoras de estas trabajadoras domésticas. El colectivo está formado, ahora mismo, por algo más de 373.000 trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social.
Según aparece recogido en uno de los últimos borradores que ha estado sometido a cambios de última hora dentro del Consejo de Ministros, esta nueva cotización por desempleo será del 6,0% de la base reguladora, de los que el 5% lo abonará el empleador (las familias) y estará bonificado con el citado 80% y el 1,05% lo deberá ingresar la propia trabajadora. En principio, esta modificación de las cotizaciones a partir del próximo mes se hará de oficio desde la Seguridad Social.
Díaz ha confirmado también que el Gobierno mantendrá todas las actuales reducciones y bonificaciones existentes ahora para las familias empleadoras, concretamente desde Trabajo se han referido al mantenimiento reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes. Pero, además, en este punto, Díaz ha avanzado que se compromete a que, en el plazo de seis meses, junto con el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, “en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios”, aseguran. Los requisitos de estas nuevas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.
Dicho esto, las empleadas domésticas deberán cotizar por desempleo un año completo antes de poder acceder a la prestación contributiva y a todos los subsidios asistenciales existentes en la actualidad, al igual que un trabajador asalariado del Régimen General.
La norma que se publicará en breve en el Boletín Oficial del Estado (BOE) establece también la cobertura del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) para este colectivo, que conlleva su correspondiente nueva cotización del 0,20% de la base reguladora de la trabajadora y que estará también bonificada al 80%. De esta forma, las empleadas de hogar cuyas familias se declaren insolventes según la Ley de Segunda Oportunidad podrán reclamar sus salarios e indemnizaciones en este organismo.
Junto a las nuevas cotizaciones, la otra gran novedad de esta normativa tiene que ver con el despido de estas trabajadoras. Según Díaz, “se expulsa del ordenamiento jurídico español la figura del despido por desistimiento” recogido para estas trabajadoras y que permitía la rescisión del contrato por parte del empleador (las familias) sin ningún tipo de justificación. En lugar de esta modalidad se le aplicará la normativa ordinaria frente al despido, “con algunas particularidades” relacionadas con que la familia carezca de requisitos económicos. Pero, en términos generales, Trabajo asegura que “a partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato”.
Noticia extraida de Cinco días.