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DIC
2024

El TJUE se pronunciará el jueves sobre si las empleadas del hogar deben registrar la jornada laboral

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá este jueves 19 de diciembre su decisión respecto a la legalidad de la exención para los empleados del hogar de registrar el inicio y el fin de su jornada laboral. El caso que llega al TJUE tiene su origen en el despido de una trabajadora en 2011. La empleada presentó una demanda al considerar que su despido fue injusto y reclamó el pago de días de vacaciones no disfrutados y de pagas extraordinarias.

Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao solo estimó parcialmente sus demandas, argumentando que no había pruebas suficientes de los días adicionales trabajados debido a la falta de obligación de registro horario. Según el Real Decreto del 14 de noviembre de 2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, estos empleados están exentos de registrar su jornada laboral.

Inconforme con la resolución, la trabajadora llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que elevó una cuestión prejudicial al TJUE el 5 de julio de 2023. La consulta busca determinar si la normativa española que exime a los empleadores del hogar de registrar las jornadas laborales, a diferencia de otros sectores, contraviene la normativa comunitaria en materia de igualdad y regulación del tiempo de trabajo.

El TSJPV señala en su cuestión prejudicial que la trabajadora no dispone de pruebas sobre la jornada laboral ni sobre el salario que reclama, lo que resulta en una indemnización reducida por despido y la desestimación de gran parte de sus reclamaciones salariales. «La sentencia deja desprotegida a la trabajadora demandante, al ampararse en la inexistencia de obligación de registro horario en el ámbito del empleo doméstico», explica el tribunal.

El TJUE decidirá si esta normativa nacional es discriminatoria para los trabajadores del hogar en comparación con los empleados de otros sectores.

(El Economista, 17-12-2024)

Sobre el Autor
Antonio Vazquiánez Bueno. Coordinador Laboral e Informática en Justo Gallardo Asesores S.L.