03
ABR
2025

Modificaciones en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.

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En el BOE del día 2 de abril se han publicado las fechas definitivas en que empresas y autónomos deberán tener sus softwares de facturación adaptados a Verifactu:  

🗓️ 1 de enero de 2026 para empresas que presentan el Impuesto de Sociedades 

🗓️ 1 de julio de 2026 para autónomos y el resto de obligados tributarios

BOE-A-2025-6600

Sobre el Autor
Antonio Vazquiánez Bueno. Coordinador Laboral e Informática en Justo Gallardo Asesores S.L.