29
ABR
2020

Moratoria en el pago de las cuotas de Seguridad Social

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MORATORIA EN EL PAGO DE LAS CUOTAS DE SEGURIDAD SOCIAL.

El art. 34 del RD Ley 11/2020 estableció la posibilidad de que los autónomos y empresas pudieran solicitar moratorias en el pago de las cuotas, respecto a las que habría que hacer frente en Mayo, Junio y Julio, tanto cotizaciones generales de los trabajadores como cuotas de autónomos, y ello conforme criterios de desarrollo posteriores. En fecha 28.04.2020 se publica ORDEN ISM/371/2020 de 24 de Abril, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se establece lo siguiente:
Se podrá solicitar moratorias en el pago de las cuotas, exclusivamente, por parte de aquellas empresas cuyo CNAE se encuentre incluido en los que se indican a continuación y siempre que no hubieren suspendido la actividad.
119 (Otros cultivos no perennes).
129 (Otros cultivos perennes).
1812 (Otras actividades de impresión y artes gráficas).
2512 (Fabricación de carpintería metálica).
4322 (Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado).
4332 (Instalación de carpintería).
4711 (Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio
en productos alimenticios, bebidas y tabaco).
4719 (Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados).
4724 (Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería
en establecimientos especializados).
7311 (Agencias de publicidad).
8623 (Actividades odontológicas).
9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza)
Sobre el Autor
Antonio Vazquiánez Bueno. Coordinador Laboral e Informática en Justo Gallardo Asesores S.L.